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domingo, julio 7, 2024
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    Poder Judicial respecto a Ley General para el Control de Tabaco

    Tabaco o salud: El dilema del Poder Judicial

    El Poder Judicial de la Federación enfrenta un dilema significativo al resolver más de dos mil amparos contra el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (RLGCT).

    La mayoría de estos amparos se oponen a las políticas de ambientes 100% libres de humo de tabaco y las restricciones sobre los sistemas electrónicos que suministran nicotina. Según el monitoreo de la asociación Salud Justa Mx, más de la mitad de estos amparos han sido desechados, y solo el 10% ha sido resuelto favorablemente para los solicitantes en primera instancia. En los Tribunales Colegiados, más de la mitad de los más de 300 amparos presentados han sido resueltos con criterios variados.

    Las decisiones que invalidan partes del Reglamento de la Ley General de Control del Tabaco, especialmente la prohibición de servir bebidas y alimentos en zonas para fumadores, benefician a la industria tabacalera y contradicen los principios del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS). Estas resoluciones tienen implicaciones negativas para la salud pública y las finanzas de México.

    El CMCT de la OMS, ratificado por México en 2005, subraya la importancia de proteger a las personas de la exposición al humo de tabaco. Permitir fumar en espacios públicos contraviene este principio, aumentando la exposición al humo de segunda mano y poniendo en riesgo la salud de no fumadores. La evidencia científica es clara: el humo de segunda mano contiene sustancias tóxicas y es cancerígeno. La exposición involuntaria al humo de tabaco incrementa el riesgo de enfermedades cardiovasculares, respiratorias y cáncer en adultos, y problemas respiratorios agudos y asma en niños. No hay un nivel seguro de exposición al humo de tabaco.

    En México, más de 63 mil personas mueren cada año por enfermedades relacionadas con el tabaco. El tabaquismo no solo impacta la salud individual, sino también las finanzas públicas. Los costos de atención médica por enfermedades relacionadas con el tabaco (116 mil millones de pesos anuales) superan con creces los ingresos fiscales por la venta de cigarros (46 mil millones de pesos anuales). Estos costos recaen en el sistema de salud y en el erario. Implementar completamente el CMCT de la OMS y la Ley General para el Control del Tabaco podría prevenir muertes prematuras y reducir los costos médicos.

    Las resoluciones del Poder Judicial deben basarse en la evidencia científica sobre salud pública. Más allá de la libertad de comercio y la jerarquía normativa, es crucial considerar el impacto negativo del tabaquismo en la población y en las finanzas del país. El CMCT de la OMS, en su artículo 5.3, enfatiza la prioridad de la salud pública sobre los intereses económicos. Al otorgar amparos, el Poder Judicial podría estar favoreciendo a la industria tabacalera a expensas de la salud de los mexicanos.

    Es fundamental priorizar el derecho a la salud y proteger tanto los derechos individuales como el bienestar colectivo, evitando retrocesos en la protección contra los intereses económicos de la industria tabacalera.

    Con información del INSP

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