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sábado, julio 27, 2024
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    Terapias de conversión sexual serán penadas con cárcel

    La aprobación del Senado de la República para imponer penas de cárcel a quienes realicen terapias de conversión sexual marca un hito en la protección de los derechos humanos en México.

    Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, se aprobó un dictamen que busca sancionar severamente estas prácticas que atentan contra la integridad y dignidad de las personas.

    El documento establece penas de dos a seis años de cárcel, así como multas significativas, para aquellos que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que busque obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

    Es importante destacar que las sanciones serán aún más severas cuando las víctimas sean menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad. Además, se contempla la aplicación de amonestaciones o apercibimientos para los padres, madres o tutores que incurran en estas conductas.

    El proyecto de decreto también contempla la suspensión en el ejercicio profesional de personas relacionadas con la salud que participen en estas prácticas, lo que refleja el compromiso del Estado mexicano en proteger los derechos de todas las personas, sin importar su orientación sexual o identidad de género.

    Con esta legislación, México se suma a otros países que han tomado medidas para prohibir las terapias de conversión sexual, contribuyendo así a la protección de los derechos humanos y la promoción de la igualdad y la inclusión en la sociedad.

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